Regulación sobre la recogida de setas en los montes de la JCCM:
En cualquier zona donde no haya un coto regulado, el aprovechamiento en la recogida de setas es libre y episódico y puede hacerlo cualquier persona, aunque siempre con el límite en la cantidad recogida de los cinco kilos por persona y día, según lo establecido en la Orden de 15/11/2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula la recolección de setas silvestres en los montes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Descargar aqui el mapa dónde se señalan los montes de la JCCM.
Artículo 3.– Condiciones generales para la recolección de setas.
1.– Podrán ser objeto de recolección las setas que hayan alcanzado su tamaño normal de madurez, respetando los ejemplares pasados, rotos o alterados.
2.- No se recolectarán ejemplares en sus primeras fases de desarrollo, así como aquellas que no están incluidas en el Anexo II.
3.- Las setas recolectadas por error o alteradas, deberán dejarse en el terreno, en su posición natural.
4.– Los sistemas y recipientes utilizados para el traslado de las setas por el monte, serán cestas de mimbre u otros recipientes con estructura y materiales similares, de tal modo que esté garantizada la aireación de las setas y la caída al exterior de las esporas.
5.- Las herramientas utilizadas para la recolección de setas serán navajas y cuchillos.
Artículo 4.– Prácticas prohibidas.
1.– Remover el suelo de forma que se altere o perjudique al estrato humífero o mantillo del terreno, el micelio fúngico, o el sistema radicular de la vegetación, ya sea manualmente o utilizando cualquier tipo de herramienta,
2.– Portar y usar cualquier herramienta apta para el levantamiento indiscriminado de mantillos o capas superficiales del suelo forestal, tales como rastrillos, escardillos y azadas.
3.– La recogida durante la noche, desde el ocaso hasta el orto.
4.– La recolección de especies de setas no incluidas en el Anexo II.
5.- El uso de bolsas y cubos de plástico para transportar las setas, así como otros recipientes que no permitan la dispersión de esporas mientras se está recolectando por el monte.
6.- Arrancar los ejemplares de setas con la mano desde la base del pie llevándose el micelio o partes del mismo.
7.- La recolección en las zonas reservadas o acotados que se encuentren señalizados, sin el preceptivo permiso o autorización del propietario.