Circulación de Quad y motos de Trial/Enduro
PROHIBICIONES Y LIMITACIONES:
- Con carácter general, queda prohibida la circulación de estos vehículos por pistas forestales, fuera de la red de carreteras y caminos públicos, salvo autorización excepcional.
- Con carácter general, queda prohibido en el medio natural, la producción injustificada de ruidos y emisiones que en intensidad y circunstancias sean susceptibles de perturbar la tranquilidad de otros usuarios o de la fauna silvestre. Por ello, todos los vehículos que circulen por la red caminos públicos en el medio natural (ámbito definido en la La ley 9/1999 de Conservación de la Naturaleza de Castilla La Mancha), deberán estar equipados con el dispositivo silenciador propio de su homologación.
- Con carácter general, queda prohibida expresamente, la circulación de este tipo de vehículos por cualquier tipo de caminos, en gran parte del territorio, salvo autorización, concretamente en los siguientes:
Áreas Protegidas, Montes de Utilidad Pública, montes objeto de consorcio o convenio forestal u otros propiedad de la JCCM, Montes Protectores, Vías Pecuarias y las zonas de dispersión del águila imperial.
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