NORMAS GENERALES
El Parque Natural de las Lagunas de Ruidera es un entorno único en la península ibérica y casi en el mundo.
Los ecosistemas de este parque son sumamente frágiles y sensibles al mal uso que se pueda hacer de él.
Necesitamos de tu colaboración para que las generaciones futuras puedan seguir disfrutando del mismo en un estado de conservación, incluso mejor que el actual.
Para eso te rogamos que cumpla las siguientes normas y sugerencias:
Recuerda que las Lagunas de Ruidera son un Parque Natural, no un parque acuático.
Para aprovechar mejor tu estancia en el Parque, visita el Centro de Información.
No pises las barreras tobáceas ya que son sumamente frágiles y tus pasos pueden destruir en un momento lo que la naturaleza tarda años en construir. No cruces al otro lado a través de las mismas.
No traigas al parque tortugas, peces, patos o plantas, ya que son especies exóticas y pueden dañar gravemente el ecosistema.
Respeta y cumple las indicaciones de los paneles informativos y señales.Respeta y acepta las sugerencias de quienes velan por la conservación del Parque Natural (Guardia Civil, SEPRONA, Agentes Medioambientales, Vigilantes-Informadores, etc). Deposita la basura en los contenedores dispuestos a lo largo del Parque Natural, y si por alguna razón estuvieran llenos llévatela a pueblo o ciudad.
Mantén un tono de voz adecuado considerando que estas en un Parque Natural. No pongas equipos de música altos.
No acampes o pernoctes en vehículos fuera de los campings, no instales ningún tipo de tiendas, toldos, etc.
No viertas ningún tipo de residuo ni laves objetos en las lagunas.
Cuando realices alguna de las rutas, utiliza los caminos y sendas ya existentes, sin salirte de éstos para evitar la erosión innecesaria del terreno. No hagas fuego ni arrojes colillas.
No pesques ni dejes bañarse a tu perro en las zonas donde haya gente bañándose.
No traigas embarcaciones, de cualquier tamaño, de otros embalses o ríos, sin que hayan sido previamente desinfectadas y secadas (para evitar especies invasoras).
No transites con el coche fuera de las carreteras asfaltadas, respeta la velocidad marcada.
NORMAS POR ACTIVIDAD
Visita en autobús: Las visitas en grupos organizados se consideran actividades de turismo activo, por lo que únicamente podrán ser guiadas por guías autorizados.
Senderismo:
No es necesaria autorización para realizar las rutas oficiales en grupos menores de 60 personas.
Se puede realizar por los senderos marcados en esta APP o por otros caminos públicos. No estando permitido discurrir campo a través o por otros senderos distintos.
Baño:
Utiliza las zonas habilitadas para el baño. No realices vertidos dentro del agua.
Está permitido el baño en las siguientes lagunas: Cueva Morenilla, Del Rey, Colgada, Santos Morcillo, Salvadora, San Pedra y Tomilla.
Ciclismo:
Está autorizado por las mismas rutas que el senderismo. Hay que recalcar la prohibición de circular campo a través o por sendas no oficiales realizadas por el paso reiterado de ciclistas.
Rutas a caballo:
Está autorizado por las mismas rutas que el senderismo. De forma particular se pueden realizar en grupos de 4 jinetes como máximo. Para grupos mayores, es necesaria autorización.
Escalada:
Está permitida en rocódromos artificiales instalados por las empresas de turismo activo, no en sitios distintos a estos.
Navegación:
Se puede realizar, sin necesidad de solicitar autorización, en la Cueva Morenilla, Del Rey, Colgada, Santos Morcillo, Salvadora, San Pedra y Tinaja.
Resulta imprescindible que las embarcaciones vengan con su correspondiente certificado de desinfección.
Las embarcaciones deben estar matriculadas y haber presentado Declaración Responsable para la Navegación ante la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
No está permitida la navegación con embarcaciones a motor, ni de explosión ni eléctricos.
Salvo para las empresas de turismo activo no está permitido realizar la actividad en grupos de más de 5 embarcaciones.
Quads, motos, boguies y 4×4
Está prohibida la circulación con estos vehículos por cualquier punto del Parque Natural, excepto por la carretera.
Pesca
Está permitida y se entiende actividad autorizada con los siguientes condicionantes:
Zonas donde se puede practicar: Embalse de Peñarroya, Cueva Morenilla, Del Rey, Colgada, Santos Morcillo, Salvadora, Redondilla, San Pedro y Tinaja.
No está permitida la pesca en los cauces o corrientes que unen unas lagunas con otras.
En temporada de baño no está permitido pescar en zonas donde exista gente bañándose.
No está permitido realizar la actividad de pesca desde la parte que linda con el refugio de fauna (al otro lado de la carretera), ni desde barreras o replanos tobáceos.
La pesca del lucio y el blackbass únicamente está permitida en el Embalse de Peñarroya.
Está prohibido el uso de anzuelos múltiples para la pesca en general, excepto en los señuelos artificiales concebidos para la pesca del lucio y black-bass en el Embalse.
Los barbos podrán pescarse exclusivamente en la modalidad de pesca sin muerte.
Para prevenir la introducción involuntaria de especies alóctonas acuáticas (mejillón cebra, almeja asiática, moco de roca…), además de las medidas que establezcan los organismos de cuenca competentes, se recomienda limpiar, secar y, cuando sea posible, desinfectar cualquier tipo de embarcación, patos, y cualquier otro medio utilizado para la pesca, en particular los reteles, rejones, así como los vadeadores y botas, antes de utilizarlos en aguas diferentes.
Buceo:
Se puede realizar en las siguientes Lagunas: Cueva Morenilla, Del Rey, Colgada, Santos Morcillo, Salvadora, San Pedra y Tomilla.
Se entiende actividad autorizada en grupos de hasta tres personas.
Para grupos de más de 3 personas es necesaria autorización.
Animales de compañía:
Los animales de compañía deben estar en todo momento bajo el control de los dueños.
No está permitido el baño de los perros en las zonas de baño.