a) Construcciones o cerramientos para uso ganadero permeables al paso de la fauna salvaje. b) Mejora de pistas y acondicionamiento de las carreteras preexistentes. c) empleo del fuego para uso selvícola o agrícola según lo regulado en el PORN de los Calares y cabeceras de los Rios Mundo Tus y Guadalimar. d) Las forestaciones
Aprovechamiento ganadero extensivo, caza no intensiva, y aprovechamientos forestales como leñas, hongos, apicultura, plantas aromáticas de acuerdo con su legislación específica
a) La escalada b) La aplicación de productos químicos o sustancias biocidas. c) Las obras de construcción que supongan ocupación de superficie cubierta con vegetación natural. d) Instalaciones para producción, transporte de energia o de materias. Instalaciones nuevas para comunicación, instalaciones industriales. e) Introducción de especies, razas o variedades alóctonas. f) Sobrevuelo de aereonaves por debajo de 1000 m sobre las mayores elevaciones salvo para actividades de salvamento, vigilancia, o extinción de incendios. g) Almacenamiento de chatarra, escombros, residuos, o materiales de cualquier tipo y el vertido de solidos o líquidos. h) Transito de vehículos campo a través, estacionamiento fuera de las zonas permitidas, y el arrastre de objetos o cualquier otra acción mecánica que dañe la vegetación, salvo las propias de los aprovechamientos forestales autorizados. i) La destrucción o alteración injustificada de ejemplares de flora, fauna, o elementos geomorfológicos. j) La realización de marcas o señales en el suelo, las rocas, o la vegetación, las extracciones de rocas, minerales aridos y tierras, minería. k) Los campeonatos o competiciones de caza o tiro. l) Cualquier otra actuación que suponga una alteración de la dinámica del agua superficial o subterránea de la zona incluída la realización de drenajes, canales, zanjas, excavaciones, o modificaciones sobre los actuales arroyos y ramblas. ll) Cualquier otra actividad que produzca deteriorro del hñabitat o daño para la flora o la fauna de la microrreserva.