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ENP Microrreserva
Microrreserva Rincon del Torozo
Normativa y Regulación de actividades
Normativa y Regulación de actividades
Usos
Usos, aprovechamientos y actividades sujetos a autorización
Aprovechamientos forestales de especies diferentes a
Pinus
sp. pl., tratamientos preventivos contra incendios y tratamientos selvícolas que afecten a especies diferentes de
Pinus
sp. pl.
Control de plagas y enfermedades forestales mediante métodos de aplicación puntual y efectos selectivos.
Las actividades que impliquen el uso del fuego.
Mantenimiento o nueva creación de áreas cortafuego.
El tránsito con vehículos por los caminos del monte, fuera de los supuestos forestales o cinegéticos autorizados.
Operaciones de mantenimiento de caminos así como apertura de nuevas trochas de desembosque o sendas.
El acceso al túnel con fines científicos.
Usos, aprovechamientos y actividades compatibles
Cortas, podas, claras o clareos de
Pinus
sp
.
pl., respetando las prohibiciones establecidas sobre el depósito de restos y emisiones sonoras.
Actividades de caza no intensiva, siempre que los disparos se realicen a más de 100 metros de la boca del túnel, y en sus respectivas épocas hábiles.
Actividades de apicultura, siempre que los emplazamientos se sitúen a más de 100 metros de la boca del túnel o del acceso al túnel.
Aprovechamiento de hongos comestibles mediante corte del pie de los cuerpos reproductores.
Actividades de paseo y excursionismo al exterior del túnel.
Usos, aprovechamientos y actividades prohibidos
El uso de medios no selectivos de control de predadores.
Uso de productos biocidas de efecto no selectivo o aplicación no puntual, tóxicos o peligrosos para la fauna o la flora silvestres.
La introducción o el fomento de especies no autóctonas.
Las fajas cortafuego.
Los nuevos cerramientos.
Cualquier actividad que implique la modificación de las condiciones microclimáticas y de tranquilidad del refugio de quirópteros, incluida la modificación del actual flujo de aguas subterráneas.
Cualquier actividad que suponga contaminación sobre el suelo, las aguas o la atmósfera.
La explotación de aguas subterráneas.
Préstamo de áridos para construcción o mantenimiento de carreteras, caminos y obras públicas similares, así como vertederos de tierras y áridos sobrantes, así como la investigación y explotación de recursos mineros y el empleo de explosivos.
Cualquier nueva instalación o construcción o la ampliación de las existentes
Instalaciones para la telecomunicación, parques eólicos y tendidos eléctricos aéreos.
Depositar cualquier sustancia o material en el interior de los túneles.
El depósito en el resto de la Microrreserva de residuos de cualquier tipo, a excepción de los orgánicos biodegradables procedentes de las actividades forestal y cinegética, que se consideran autorizables, así como de cualquier material en un radio de 100 metros de la boca del túnel.
Cualquier actividad que genere en la boca del túnel un nivel de ruido superior a 35 dB.
Emisiones lumínicas hacia el interior del túnel, a excepción de las actividades científicas autorizadas.
Las maniobras y los ejercicios militares.
El acceso de personas o animales domésticos al interior del túnel del Torozo, con fines diferentes a los considerados autorizables.
Actividades de acampada.
Las actividades organizadas de ocio y recreo, así como las competiciones deportivas.
Las actividades que supongan una regresión en la dinámica evolutiva natural de la vegetación, o que supongan impedimento a la sucesión vegetal.
Cualquier otra actividad que pueda implicar molestias o riesgos para los quirópteros.
Normativa
Norma de Declaración:
declaracion.pdf
Norma de declaración
Autonómica
Localizador de Espacios Naturales Protegidos
Nombre del Área Protegida
Provincia
- Cualquiera -
ALBACETE
CIUDAD REAL
CUENCA
GUADALAJARA
TOLEDO