AUTORIZACIÓN DE AUTOBUSES DE VISITAS TURISTICAS ORGANIZADAS

AUTORIZACIÓN DE AUTOBUSES DE VISITAS TURISTICAS ORGANIZADAS

El acceso al Parque Natural del Alto Tajo, de autobuses de visitas organizadas fuera de los cascos urbanos, requiere autorización del Parque, que puede hacerse de forma telemática: https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudadanos/acceso.do?id=sjlz.

Los lugares de desembarco de visitantes de estos autobuses, serán los siguientes:

- Puente de San Pedro (Zaorejas)

- Puente de Poveda y Fuente del Berro (Poveda de la Sierra)

El acceso al Parque Natural del Alto Tajo, de autobuses de visitas organizadas fuera de los cascos urbanos, requiere autorización del Parque, que puede hacerse de forma telemática: https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudadanos/acceso.do?id=sjlz.

Los lugares de desembarco de visitantes de estos autobuses, serán los siguientes:

- Puente de San Pedro (Zaorejas)

- Puente de Poveda y Fuente del Berro (Poveda de la Sierra)

- Vado del Tio Petrillo (Poveda de la Sierra)

La empresa debe estar inscrita en el Registro de Empresas de Turismo en la Naturaleza, que se especifica en el articulo 23 de la Ley 9/1999 de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha. La inscripción puede resalizarse de forma telemática en el enlace: https://www.jccm.es/tramitesygestiones/registro-de-empresas-de-turismo-en-la-naturaleza

Deberá aportarse una memoria con los siguientes datos: 

- Fechas y horarios de llegada y salida

- Lugares concretos de la actividad

- Número de autobusese y número de visitantes o turistas 

- Responsable de la organización o empresa

- Lugares de  partida u origen del autobus

Las empresas, personas físicas o instituciones organizadoras de las actividades serán responsables de los daños que en el desarrollo de la actividad puedan causar los participantes al medio natural o a bienes y derechos de terceros. Así mismo, deberán llevarse los residuos que generen.

El hecho de que esta administración autorice las actividades no implica la asunción de responsabilidad alguna en los accidentes que los participantes en las mismas pudieran sufrir, debiendo tener los organizadores los seguros pertinentes que cubran todas las posibles contingencias.